Unicameralismo vs. Bicameralismo asimétrico
Dentro de la definición de sistema político llevada a cabo por la comisión, se debe decidir entre un sistema unicameral o uno bicameral. En la votación de las primeras normas de la comisión de Sistema Político se aprobó por 13 votos a favor, 10 en contra y 2 abstenciones, una propuesta que establece un sistema unicameral. Se ha estimado que las posiciones del Pleno se dividen de manera equitativa entre quienes apoyan el unicameralismo y quienes apoyan algún tipo de estructura bicameral. Esto ya se refleja en la comisión, donde la propuesta de Congreso unicameral fue aprobada con una mayoría simple. Por lo tanto, es posible apreciar que en el pleno ninguna de las posturas podría llegar a consolidar un apoyo de dos tercios en primera instancia. De esta manera, es probable que en la discusión de indicaciones prevalezcan, nuevamente por mayoría simple, las que mantengan la estructura unicameral, consolidando la votación anterior. Sin embargo, si la propuesta no consigue los dos tercios en el pleno deberá volver a la comisión para un nuevo periodo de indicaciones.
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Introducción
Una de las principales discusiones en la comisión de Sistema de gobierno corresponde a la estructura del Congreso. En particular, la Convención debe determinar la definición entre un congreso con estructura unicameral o bicameral, según los modelos utilizados en otros países[1]. En la votación de las primeras normas presentadas ante la comisión de Sistema Político, se aprobó por 13 votos a favor, 10 en contra y 2 abstenciones, una propuesta que establece un sistema unicameral, sin considerar la existencia de un Senado, Cámara Alta o Cámara Territorial (como se le ha nombrado a esta posible segunda cámara). Sin embargo, esta decisión ha sido cuestionada por algunos actores, tales como aquellos convencionales que votaron en contra (por ejemplo, del Colectivo Socialista, Colectivo del Apruebo y Chile Vamos) así como algunos académicos y académicas, que han cuestionado la combinación de este elemento con un sistema presidencial, también aprobado por la comisión. Asimismo, se ha cuestionado que la Convención tome decisiones sobre el sistema político de manera separada, sin considerar la interacción de todos los elementos del sistema político en conjunto[2]. Con todo, esta decisión temprana ha reactivado el debate sobre la estructura del Congreso, sus posibles configuraciones (unicameral, bicameral, o bicameral asimétrica) y la decisión que tome la Comisión y la Convención en general. Es relevante analizar como se lleva a cabo este debate, puesto que, de manera preliminar, no se observa que ninguna de las propuestas pueda conseguir una mayoría de 2/3 cuando toque pasar por el Pleno de la Convención.
[1] Ver informe de Plataforma Contexto: https://plataformacontexto.cl/cms/wp-content/uploads/2021/02/Unicameralismo-VS-Bicameralismo.pdf
[2] https://twitter.com/ACCPChile/status/1487098008600645632
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Argumentos
Unicameralismo
Corresponde a una iniciativa presentada por la convencional Alondra Carrillo para crear un Congreso u órgano legislativo plurinacional de una sola cámara, que no considera la existencia del Senado. Se aprobó por 13 votos a favor, 10 en contra y 2 abstenciones en la Comisión de Sistema Político, en la instancia de votación general[1]. La propuesta establece que la Cámara estará compuesta por 205 miembros electos cada cuatro años. Determina que los integrantes de la cámara serán elegidos en un sistema mixto con tres componentes: “político sustantivo”, territorial y plurinacional. La propuesta busca establecer criterios de paridad de género y escaños indígenas, como también de diversidades sexuales. Es la única propuesta sobre la estructura del Congreso que fue aprobada por la Comisión, y los actores que pretenden avanzar en otra dirección deberán hacerlo mediante indicaciones a esta propuesta.
Bicameralismo asimétrico
La simetría hace referencia al grado de igualdad entre los poderes legales de las cámaras. En el bicameralismo simétrico, los poderes de las dos cámaras son idénticos o casi idénticos: por lo general, la promulgación de leyes requiere el consentimiento de ambas cámaras y la cámara baja no puede invalidar o anular unilateralmente los vetos o las enmiendas aprobadas por la cámara alta, o puede hacerlo únicamente con dificultad (por ejemplo, por mayoría cualificada). El bicameralismo es asimétrico cuando la cámara alta está restringida. En estos casos, las controversias entre las cámaras pueden resolverse sencillamente con el uso de los poderes de invalidación de la cámara baja. Estas normas evitan los bloqueos legislativos. A menudo, las segundas cámaras, cuando son de carácter territorial, tienen poderes limitados en algunos ámbitos de la legislación y poderes más amplios en otros, lo que refleja su interés particular por proteger y promover a los gobiernos subnacionales[2]. En la discusión general, tanto el Colectivo Socialista como el Colectivo del Apruebo propusieron un Congreso con estas características, estableciendo que la Cámara Alta sería un órgano de carácter territorial y con facultades más limitadas en la legislación[3]. Ambas propuestas fueron rechazadas[4].
Bicameralismo simétrico
También existen posturas que mantienen un Congreso de estructura bicameral similar al actual, donde la Cámara Alta posee miembros electos por un periodo más largo, y con poderes para revisar toda la legislación, además de otras facultades. Esta propuesta corresponde más bien a una posición minoritaria dentro de la convención, limitada a sectores de Chile Vamos. Por esto, fue rechazada en la votación general[5]. Sin embargo, esta postura recibió un nuevo impulso puesto que una de las Iniciativas Populares de Norma con mayor numero de patrocinios corresponde a una propuesta de este tipo, abogando por un bicameralismo de características simétricas[6]. Sin embargo, esta iniciativa también fue rechazada por la Comisión por 12 votos a favor y 13 en contra[7].
[1] https://www.cconstituyente.cl/comisiones/votacion_detalle.aspx?prmId=25&prmIdSesion=574&prmIdVotacion=359
[2] https://www.idea.int/sites/default/files/publications/bicameralismo.pdf
[3] https://plataformacontexto.cl/informe/propuestas-de-sistema-de-gobierno/
[4] https://www.cconstituyente.cl/comisiones/votacion.aspx?prmId=25&prmIdSesion=574
[5] https://www.cconstituyente.cl/comisiones/votacion_detalle.aspx?prmId=25&prmIdSesion=574&prmIdVotacion=344
[6] https://plataforma.chileconvencion.cl/m/iniciativa_popular/#srchbicameral
[7] https://www.cconstituyente.cl/comisiones/votacion_detalle.aspx?prmId=25&prmIdSesion=656&prmIdVotacion=1074
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Actores
La propuesta de unicameralismo contó con el respaldo de convencionales de Pueblo Constituyente, Frente Amplio, Chile Digno, Movimientos Sociales Constituyentes, Pueblo Mapuche e independientes. Mientras que el Colectivo Socialista, Colectivo del Apruebo e Independientes No Neutrales apoyaron la propuesta de un bicameralismo asimétrico. Finalmente, la propuesta de un bicameralismo simétrico recibió apoyos por parte de Chile Vamos.
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Proyección
Como se ha mencionado, se puede estimar que las posiciones del Pleno se dividan de manera equitativa entre quienes apoyan el unicameralismo y quienes apoyan algún tipo de estructura bicameral. Esto ya se refleja en la comisión, donde la propuesta de Congreso unicameral fue aprobada con una mayoría simple (50%+1). Por lo tanto, es posible apreciar que en el pleno ninguna de las posturas pueda llegar a consolidar un apoyo de dos tercios (103 votos). De esta manera es probable que en la discusión de indicaciones prevalezcan, nuevamente por mayoría simple, las propuestas que mantengan la estructura unicameral, consolidando la votación anterior. Sin embargo, si la iniciativa no consigue los dos tercios en el pleno, deberá volver a la comisión para un nuevo periodo de indicaciones. En este momento, puede ocurrir que los y las convencionales negocien un punto medio aceptable para ambas posturas, o bien puede que permanezcan firmes en sus propuestas, lo que podría llevar incluso a un nuevo rechazo por el Pleno y a una tercera instancia de indicaciones. Debido a la relevancia de este tema, es probable que la Convención eventualmente tome una postura definitiva, pero esta decisión puede retrasarse por las dificultades de la negociación. Un elemento que podría ayudar a destrabar la discusión es que aquellos que apoyan un bicameralismo simétrico (que corresponde a la postura minoritaria), se abran a apoyar un bicameralismo asimétrico, equiparando la fuerza de ambas posturas.