¿Qué significa la paridad en la Convención Constitucional?

La discusión acerca del significado del criterio de paridad tuvo lugar al interior de la Comisión de Reglamento los días 19 y 20 de julio, a propósito de la elección de los coordinadores de dicha Comisión. El reglamento provisorio aprobado el pasado 14 de julio estableció sobre el funcionamiento de las comisiones que por mayoría absoluta de sus integrantes debía elegirse una coordinación paritaria y para la elección de dicha coordinación, cada integrante debería votar por dos personas, “una de las cuales, a lo menos, debe ser mujer”, norma a partir de la cual surgieron dos interpretaciones.