Iniciativa Convencional Constituyente que reconoce a la semilla como Patrimonio Cultural Vivo e incorpora la figura del Defensor de la Naturaleza
En la sesión N°43 de la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Comunes y Modelo Económico, celebrada el día martes 8 de febrero de 2022, los convencionales deliberaron y votaron sobre la iniciativa N°439-5[1] que, a través de diez artículos permanentes y dos transitorios, propone un régimen especial para el tratamiento de las semillas. Esta iniciativa fue ampliamente comentada en dicha sesión, ocupando gran parte del tiempo disponible en ella para su deliberación y votación. Finalmente, la norma fue aprobada en general y se rechazaron cuatro artículos independientes más dos incisos de otros artículos.
Entre las propuestas contenidas en esta norma se encuentran: el reconocimiento de la semilla como patrimonio cultural vivo, el establecimiento de una franja de doce kilómetros de distancia entre cultivos que utilicen semillas sintéticas y asentamientos humanos, la creación de un organismo autónomo llamado “Defensoría de la Tierra y sus elementos”, la obligación del Estado de tipificar delitos contra la Naturaleza en el plazo de un año, entre otras.
[1] Iniciativa disponible en el siguiente enlace: https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/02/439-Iniciativa-Convencional-Constituyente-de-la-cc-Elsa-Labrana-sobre-Proteccion-a-las-semillas-1400-28-01-MESA.pdf
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Argumentos
Exponen Constituyente Elsa Labraña y Activista Medioambiental Patricia “Dedos Verdes” Núñez:
Constituyente Elsa Labraña: Señala que esta iniciativa se presenta con el objetivo de proteger la semilla como pilar fundamental de la vida y piedra angular de la soberanía alimentaria, junto con la necesidad de proteger a quienes ejercen la labor de resguardar las semillas ancestrales. Señala que, actualmente, el 70% de los alimentos que consumimos provienen de la agricultura familiar campesina, y que según el último censo de ruralidad, son alrededor de 301.279 personas y/o empresas quienes se dedican a producir alimentos, y de estas, 260.000 personas desarrollan alimentos a través de la pequeña agricultura campesina.
Indica que una de las grandes amenazas para la semilla radica en los Tratados de Libre Comercio, que obligan al Estado a tener leyes en las cuales se les garantiza a las grandes empresas poseedoras de vegetales su propiedad sobre las mismas, propiedad que no sería más que “bio-piratería”, porque el material genético de las semillas sería patrimonio de la humanidad, y por lo tanto, no debería ser parte de una empresa. Es este escenario el que motiva a la presentación de esta iniciativa de norma.
Expositora Patricia “Dedos Verdes” Núñez: Indica que es necesario resguardar la semilla porque aquellas son “el arca final” que contiene todo el ADN dentro de ellas, siendo el principio y el final de la vida. Señala que existen las semillas ancestrales criollas y de custodio, las cuales corresponden a aquellas semillas que quedan en manos de los “guardadores de semillas”, o de las “curadoras de semillas”, que son personas que están al servicio de la humanidad, de la tierra, y al servicio de la semilla. Menciona que el guardador de semillas tiene como labor cumplir el objetivo de que todos puedan tenerlas a su disposición, que todas las comunidades y toda la gente pueda estar “alegres de recibirlas nutricionalmente”.
Expone que, entonces, estas semillas ancestrales, criollas y de custodios, son las que se buscan proteger con esta normativa, porque “entendemos que desde aquí es de dónde después todo se deriva”. Según indica, una vez que estas semillas logran ser reproducidas hasta alcanzar una cantidad mayor, pasan a denominarse como “semillas corrientes”, siendo posible que estén en manos de todas las personas para que puedan sembrarlas libremente. Señala que el problema nace cuando se introduce el tema de las hibridaciones de laboratorio (como contraposición de la hibridación natural, las cuales quedan estériles, porque el mercado ha decidido que sea así, para no permitir que sigan avanzando y que cualquiera pueda sembrarlas).
Seguidamente, destaca que la idea es que siempre tengamos nuestras semillas para sembrar, porque “eso es soberanía”, y eso es lo buscan defender, dejar de privar a las personas de que puedan sembrar su alimento. Indica que “el hambre no se quita en el mundo con los transgénicos”. Continúa señalando que a la hibridación le sigue la “transgenia”, lo que sería sumamente peligroso, porque la semilla transgénica no solamente estaría modificada en su ADN, sino que cuando es sembrada contaminaría todos los espacios, pudiendo llegar a otros campos, donde la gente quiere mantener sus cultivos limpios, e infectarlos, produciendo una situación que no tiene solución en la normativa. Muy por el contrario -clarifica- si el cultivo sano poliniza al otro, o bien, el transgénico también poliniza al sano, el agricultor puede ser culpado de estar robando el material genético de la otra persona, o de la empresa.
Concluye señalando que la iniciativa de norma busca también consagrar la protección de los guardadores de semillas, porque estas semillas “no se cuidan solas, sino que deben estar al resguardo de muchas guardadoras y guardadores, curadoras y curadores, quienes hacen lo posible para que las especies continúen y no se pierdan; pero estas personas son amenazadas, así como también son amenazadas las semillas”. Recalca que por eso es que es importante que la figura del guardador, de la guardadora, esté protegida en la constitución.
Preguntas e intervenciones de los Convencionales Constituyentes:
El Constituyente Rodrigo Álvarez (Ind + UDI) indicó que le llama la atención la obligación de establecer un mínimo de doce kilómetros de distancia entre un tipo de cultivo y la población.
La Constituyente Gloria Alvarado (Movimientos Sociales Constituyentes) expresa que valora la iniciativa, indicando que es importante proteger el valor de la semilla. Se manifiesta de acuerdo con la norma, pero realiza observaciones sobre la redacción de esta, como, por ejemplo, respecto del distanciamiento de doce kilómetros entre un tipo de cultivo, entre otros aspectos.
La Constituyente Carolina Sepúlveda (Independientes por una nueva Constitución) señala que es imposible evitar la polinización de un cultivo transgénico hacia otro, dado que se trata de un efecto natural, y que no es algo que se pueda evitar constitucionalmente. Añade que existen muchas semillas tratadas a través de la ciencia obteniendo un mayor rendimiento por hectárea.
Consulta cómo afecta esto a estudios y avances que trabajan para obtener mejores semillas en miras al cambio climático.
La Constituyente y expositora Elsa Labraña (Coordinadora Plurinacional) señala que las semillas se polinizan a través del tiempo, por tanto, de haber un campo transgénico inevitablemente contaminaría a los campos a su alrededor. Agrega que la semilla transgénica para que pueda prosperar necesita una gran cantidad de “veneno” y que estos venenos no solamente quedan a la deriva, sino que también percolan y contaminan las napas subterráneas.
Continúa señalando que Chile es uno de los mayores productores de semilla transgénica. Lo anterior, conlleva una responsabilidad social y ambiental, toda vez que las semillas modificadas amarran a los campesinos a situaciones de crédito y dependencia hacia las semilleras transnacionales.
Se manifiesta en contra de la existencia de empresas que modifiquen las semillas y les quiten sus propiedades, en particular, las propiedades reproductivas.
El Constituyente Pablo Toloza (Ind + UDI) menciona que el artículo quinto establece un delito respecto a la materia en discusión. Expresa no comprender la incorporación de dicho artículo en la propuesta. Consulta sobre las patentes.
La Constituyente Constanza San Juan (Independiente) consulta por qué en la propuesta no se entiende a las semillas como un bien común. En su opinión, las semillas no deberían ser comerciables, sino que se deben buscar otros sistemas como intercambios tradicionales u otros. También consulta por el establecimiento del rango de doce kilómetros entre un cultivo y otro.
El constituyente Bernardo Fontaine (Independiente Renovación Nacional) reflexiona en torno a que parece lógico que la única forma de alimentar a una población creciente sea aumentar la productividad (volumen de producción) de las semillas (producir más con menos). En ese sentido, el constituyente afirma que la investigación indica que mejorar las semillas es fundamental, y concluye que la norma impide que exista investigación para mejorar las semillas, pues, argumenta, que sí la semilla no tiene dueño no hay quien pague por investigación. Así las cosas, el constituyente se pregunta ¿Quién va a querer investigar?, ¿Perjudica esta norma la investigación, y, por tanto, podría dificultar que se alimente a más personas? o ¿Su propósito es cuidar semillas ancestrales, manteniendo la investigación y su desarrollo, y así beneficiar a las personas?
La convencional Camila Zárate (Independiente) presenta algunas preguntas en su exposición. La primera pregunta, y también primeras aprehensiones, se relacionan con la estructura de la norma, específicamente la parte de la norma que regula los principios y los delitos asociados, que, según indica la constituyente, no debiera encontrarse dentro de un estatuto de la semilla, sino que debiera ir separadamente. Camila indica que la defensoría de la tierra se está trabajando en la comisión número seis, a través de la figura de la defensoría de la naturaleza y los animales, entonces pregunta, sí los artículos quedaron ahí para que el tema sea visible, o, en su defecto, si es porque creían que estos temas debían estar involucrados en un estatuto de semilla.
La convencional también consulta acerca del artículo primero, el que dispone que la semilla es patrimonio de la humanidad y cultural, y, de esta forma, la semilla sería apropiable desde que es una propiedad colectiva (o pública). Lo anterior, según la constituyente, estaría en discordancia con la figura de los bienes comunales, pues un bien común es parte de la naturaleza y es un sujeto de derecho, correspondiendo un deber de custodio para su protección, pero no de propiedad. Así las cosas, la convencional les pregunta a los redactores, por qué se escogió una figura de patrimonio (antropocéntrico), por sobre una figura de bien común.
El Constituyente Jorge Abarca (Independiente Partido Liberal) se refiere a las semillas como uno de los milagros de la vida, en ese contexto, reiteró la pregunta de la constituyente Camila Zárate, esto es, por qué consideraron que la mejor forma para resguardar este “milagro de la vida” era mediante una figura patrimonial y no una figura de bien común.
La convencional Bessy Gallardo (Independientes Partido Progresista) se refiere al artículo 10 de la propuesta de norma, el cual hace alusión a la protección de los defensores/guardadores de las semillas, quienes tienen derecho a un sistema de protección ante cualquier denuncia y/u hostigamiento, acoso, amenaza etc. y tienen derecho a acceder a un sistema de protección preferente, integral y suficiente. Así, la constituyente preguntó sí el artículo 10° es como un recurso de amparo, pues el amparo funciona con inmediatez, consulta sí es similar a un recurso de amparo.
Respuestas expositoras:
El abogado especialista en derecho constitucional Patricio Bravo se hace cargo de las preguntas más técnicas (legales):
- Primero, respecto al artículo quinto, referente a los principios y delitos, el especialista responde que la idea de la protección de los delitos contra la naturaleza es que su factor de protección dependerá de los nuevos principios que se establecen en la nueva constitución, y así las cosas, expone Patricio, no cualquier principio servirá para proteger de mejor manera los bienes jurídicos, en este caso específicamente, las que tienen que ver con la protección de las semillas y la protección de los cuidadores y guardadores de semillas. No solo el legislador deberá tener en cuenta todos los principios (en especial los principios del artículo 5), afirma el especialista, sino también el juez cuando resuelva los delitos relacionados con esta materia en particular.
- En seguida, Bravo se hace cargo de una segunda pregunta, referente al catálogo de bienes comunes versus propiedad. El experto explica que efectivamente el artículo 582 del Código Civil, que regula los bienes comunes, actualmente otorga un estatuto de comerciabilidad sobre ellos, pero, el equipo que redactó la norma entiende que quienes se encargan de ejercer la actividad de cuidar y/o guardar las semillas ejercen su principal actividad, y, es también su principal modo para abastecer su modo de vida. Sin embargo, agrega Patricio, es algo que se puede discutir en una indicación, por ejemplo, limitar las cantidades para no terminar en una comercialización masiva.
- Tercero, respecto a la protección de los guardianes de las semillas. El expositor refiere que Latinoamérica es el lugar más peligroso para ejercer este oficio (como también el activismo ambiental). De esta forma, independiente de la forma en que la Constitución pueda prever -entre ella una protección de rango constitucional- ciertamente, afirma, lo importante es que el Estado Chileno se haga cargo de el hecho de que vivamos en uno de los Estados más peligrosos del mundo para los defensores de las semillas y activistas ambientales. Precisa que como equipo están dispuestos a que este apartado de la norma sea susceptible de indicaciones o que quede para el legislador.
Posteriormente, una de las expositoras se hace cargo de la consulta sobre los pueblos indígenas, a los que responde que, actualmente, un grupo de personas se hace cargo de los cuidados de las semillas y que estos son los guardadores. De esta forma, una de sus “misiones”, es la diversificación de las semillas, lo que no se relaciona con el lucro, sino con una forma de hacerlas llegar más allá del intercambio. Señala que la idea es que, dentro de la Defensoría a la Naturaleza, la cual se espera que se constituya, haya una sesión especial para los defensores de las semillas (y evitar “falsos” guardadores de semillas que se roben material genético para su lucro).
La Constituyente Carolina Sepúlveda (independiente) hace alusión a la duda que le produce que por el solo hecho de estar una semilla en disposición de un guardador o cuidador, se asuma que esta no tendrá intervención humana, pues -según indica- “no hay que olvidar que no solo existe la intervención genética sino también la intervención natural”. Además, menciona las intervenciones que supondrían un estudio para su buen desarrollo y comerciabilidad. Así las cosas, la constituyente presenta sus dudas en torno a las dos normas transitorias.
La Convencional María Trinidad Castillo (independiente PS), expone que ve muchas incongruencias en la norma, entre ellos consulta, “¿por qué la alteración es contraria a la preservación de la semilla?, ¿por qué no podrían coexistir las semillas originales y las intervenidas?”. Consulta también por la defensoría de los guardianes de las semillas, en el sentido de que, el cargo de guardián de las semillas sesgaría al resto.
La Constituyente y expositora Elsa Labraña (Coordinadora Plurinacional) indica que con esta norma no se impide la existencia del mejoramiento de semillas y variedades a través de formas tradicionales desarrolladas por los campesinos o a través de la investigación que busca mejorar o tratar de “hibridizar”, tampoco se impediría la comercialización de este tipo de semillas. Lo que propone la norma- según su entendimiento de ella- es que Chile no sea un país líder en producción de semillas transgénicas a nivel mundial, toda vez que el país es responsable de cómo esas semillas se están produciendo en el mundo. En su opinión, producir semillas transgénicas implica asumir responsabilidades en la contaminación del planeta, toda vez que estas necesitan un cóctel de agrotóxicos que perjudica la salud de los humanos. Para ella, el fin de la norma es disminuir en Chile la producción de semillas transgénicas.
El abogado especialista Patricio Bravo señala que el artículo cuarto de la propuesta establece que se pueden comercializar semillas, pero que la producción de semillas transgénicas se debe someter a leyes y criterios especiales. A su vez, señala que el artículo tercero establece una regulación específica para las sustancias que se utilizan en esta industria.
La constituyente Bessy Gallardo agradece la norma en cuanto- considera- viene a ampliar y a innovar en la regulación de los bienes nacionales de uso público, en la línea de la preocupación social por la situación de las semillas, amparada por el convenio UPOV 91, que restringe y prohíbe el uso, mantención, multiplicación e intercambio de semillas, privatizando un bien “naturalmente común”. En su opinión, no debería establecerse una dicotomía entre el desarrollo económico y la conservación de la naturaleza, por lo mismo, debiera dejar de conceptualizarse el desarrollo a través de indicadores económicos, y, por el contrario, debiera considerarse una visión a largo plazo de la producción y generación de riquezas del país.
Agrega que, incluso desde la perspectiva económica, esta propuesta supone ventajas tales como la apertura de nuevos mercados de alimentos orgánicos, como ha sucedido en Europa, con éxito económico; para ejemplificar señala que países como Francia, Alemania, Grecia y Austria, entre otros, han rechazado abiertamente los productos transgénicos, expulsando a las corporaciones transnacionales. Concluye llamando a votar a favor de la iniciativa, reconociendo que tiene puntos en los cuales mejorar, pero que deben corregirse en el proceso.
El constituyente Fernando Salinas (Pueblo Constituyente) cree que es un tema fundamental para el país y la humanidad poder rescatar las semillas. Considera que el tema de los monocultivos y los cultivos transgénicos está llegando a un límite “inaceptable”, con los ciclos naturales bio-geo-químicos totalmente alterados, los cuales se han alterado, precisamente, por la forma de producir de la agricultura, por todos los agroquímicos que se utilizan en la industria.
Señala que la “promesa de los transgénicos”, de poder producir alimentos en zonas vulnerables al cambio climático, como lo son las zonas en las que hay sequía, es precisamente el problema, porque los transgénicos traerían problemas con los ciclos naturales que son los que provocan la crisis climática, que tiene causas más profundas. Sería como ir en contra de los ciclos naturales de la naturaleza, como apurar artificialmente la evolución de las semillas, un proceso que naturalmente toma miles de años.
El constituyente Jorge Abarca (Independiente) anuncia su voto a favor reconociendo la importancia de las semillas, y señalando que la iniciativa de norma se encuentra en la línea de sensibilidad que la nueva constitución debiese tener con la naturaleza.
El constituyente Nicolás Núñez (Apruebo Dignidad) anuncia su voto a favor, reconociendo que la norma requiere de revisiones, y que mencionando que desconoce si se ha presentado otra iniciativa que aborde la misma temática. Señala que quiere hacer un “respetuoso y amigable llamado” a sus colegas constituyentes de la derecha para defender la identidad de las semillas y ejercer, a través de esa acción, un verdadero acto de patriotismo. Solicita votación separada de los artículos cinco, seis, diez y los transitorios uno y dos.
El convencional Félix Galleguillos (Pueblo Atacameño) solicita votación separada de los mismos artículos que el convencional Núñez, señalando que el artículo quinto “no cuadra muy bien con la propuesta”. Según indica, el artículo seis se estaría tratando con la Defensoría de la Naturaleza, mientras que el diez tendría que ver con la aplicación específica de otras garantías constitucionales, lo que también estaría siendo abordado en otras discusiones.
La convencional Carolina Sepúlveda (Independiente) agradece la norma y reconoce la importancia del resguardo del material genético de las semillas, anunciando su voto a favor, pero anticipando que se restará de la votación de los artículos para los cuales se solicitó votación separada, toda vez que no irían en la misma línea de la norma.
La constituyente Constanza San Juan (Independiente) señala que también votará a favor de la norma, por considerar la protección de las semillas como parte fundamental de la protección de la vida y el alimento, las cuales deberían ser preservadas, ya que todos deberían tener la posibilidad de tenerlas “en su naturaleza”. Apoya la idea de restarse de la votación de los artículos para los cuales se solicitó votación separada, bajo el compromiso de trabajar con la comisión n° 6 para que se entienda que las semillas forman parte de la naturaleza y que requieren ser protegidas, así como sus guardadores. Respecto a los artículos transitorios señala que revisará la existencia de propuestas de normas compatibles antes de manifestar su voto a favor.
La convencional Gloria Alvarado (Movimientos Sociales Constituyentes) reconoce la importancia de la norma y agradece que se haya traído a discusión. Señala que, de todas formas, la norma requiere de una revisión, pues contiene aspectos que serían materia de ley y no de Constitución, así como habría aspectos que requerirían de correcciones o que ya estarían contenidos en otras normas.
El constituyente Pablo Toloza (Chile Unido) reconoce la importancia de las semillas, pero considera que no debe dejar de observarse la necesidad de la población de alimentarse; señala que la comisión ha escuchado a expositores hablar acerca de la degradación de los suelos del país y el escaso porcentaje disponible para ser utilizado en la agricultura. Considera que es necesario proteger a las semillas, pero que las medidas en ese ámbito no pueden ir sin garantizar la seguridad en la alimentación, señalando que es necesario tener semillas que puedan producirse con menos agua, menos suelos, más eficientes, etc.
Señala que la comisión debe ser muy cuidadosa en las señales que da respecto a los temas que está abordando, cree que sería irresponsable de su parte aprobar la norma, toda vez que cuenta con una serie de deficiencias que mejorar, así como también incongruencias.
El constituyente y coordinador Juan José Martin (Independiente Nueva Constitución) señala celebrar el espíritu de la norma, estando plenamente con la protección de la semilla. Señala que se está excluyendo de la norma las consideraciones sobre la funga que recibieron en la audiencia sobre el reino Fungi. Considera que hay muchos artículos positivos, pero que “ninguna norma justifica doce artículos”, habiendo mucha redundancia e intentos legislativos en la propuesta de iniciativa. Sugiere que los artículos tres y cuatro debiesen ser considerados como transitorios, solicitando, a su vez, que se vote por separado el artículo primero, el inciso segundo del artículo cuatro, el artículo nueve y el inciso segundo del artículo diez.
El convencional Bernardo Fontaine (Independiente RN-Evopoli) señala entender la importancia de la norma, pero anuncia su voto en contra, pues la iniciativa “condenaría a los chilenos a comprar alimentos más caros”. Señala que actualmente hay libertad completa para elegir el tipo de semilla que consumir, existiendo un mercado amplio de semillas, transgénicas, ancestrales y no ancestrales. Considera que la propuesta “condena” al país a usar un determinado tipo de semillas, determinada por “un determinado número de elegidos y privilegiados que van a tener un monopolio”, lo cual le parece totalmente nefasto. Reitera su voto en contra, concluyendo que la iniciativa “condena a los chilenos a vivir peor, a tener que comprar alimentos más caros y de peor calidad que los que hoy compran”.
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Actores
Manifiestamente a favor:
- Jorge Abarca (Indep. Nueva Constitución)
- Constanza San Juan (Independiente)
- Fernando Salinas (Pueblo Constituyente)
- Bessy Gallardo (Independiente)
- Nicolás Núñez (Apruebo Dignidad)
A favor con observaciones relevantes:
- Gloria Alvarado (Movimientos Sociales Constituyentes)
- Juan José Martin (Independiente Nueva Constitución)
- Carolina Sepúlveda (Independientes por una Nueva Constitución)
- Felix Galleguillos (Pueblo Atacameño)
- María Trinidad Castillo (independiente PS)
Manifiestamente en contra:
- Pablo Toloza (Indp + Udi)
- Bernardo Fontaine (Ind. Rn-Evópol)
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Proyección
Con fecha 8 de febrero de 2022, la Comisión de Medio Ambiente aprobó en general la iniciativa convencional constituyente en cuestión. De esta manera, la propuesta de norma continuará su tramitación en particular en la Comisión, instancia en la cual se le podrá formular indicaciones, las que luego serán puestas en votación por la misma Comisión.
De ser aprobada en particular la propuesta de norma, esta pasará al Pleno de la Convención Constitucional, donde deberá ser votada en general y en particular por los 2/3 de los Convencionales Constituyentes para su aprobación. En caso de que la norma no alcance los 2/3 pero superé la mayoría simple de los Convencionales Constituyentes, volverá a la Comisión respectiva para ser discutida en particular y ser presentada nuevamente al Pleno de la Convención.
Considerando toda la tramitación pendiente y el rechazo que esta iniciativa provocó en algunos sectores de la sociedad civil[1], es probable que en su discusión en el Pleno de la Convención logre la cantidad de votos requeridos para ser aprobada, pero solo en los aspectos más generales de esta iniciativa, incorporando los detalles a través de la aprobación de otras normas que podrían sobreponerse a esta.
Detalle de la votación en comisión
Votos a favor Votos en contra Abstenciones Resultado Iniciativa en General 15 4 0 Aprobada Artículo 1° 10 9 0 Aprobado Artículo 4° Inciso primero 14 4 1 Aprobado Artículo 4° Inciso segundo 9 7 2 Rechazado Artículo 5° 6 8 4 Rechazado Artículo 6° 4 8 6 Rechazado Artículo 9° 9 7 3 Rechazado Artículo 10° Inciso primero 11 8 0 Aprobado Artículo 10° Inciso segundo 9 8 2 Rechazado Artículo 10° Inciso tercero 9 8 2 Rechazado Art. 1° Transitorio 8 8 3 Rechazado Art. 2° transitorio 10 7 2 Aprobado [1] Véase https://www.simfruit.cl/convencion-aprueba-norma-que-regula-uso-de-quimicos-en-semillas/ y https://www.latercera.com/pulso/noticia/productores-de-semillas-alertan-sobre-efectos-de-iniciativa-constituyente-en-seguridad-alimentaria/PTBUHBJO6FE5FEENEMU4RLESVY/