Iniciativa Convencional Constituyente que establece el Estatuto Constitucional de los Bienes Naturales Estratégicos
En la sesión N° 38 de la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Comunes y Modelo Económico de la Convención Constitucional, celebrada el día martes 1 de febrero de 2022, se aprobó en general la iniciativa convencional denominada “ESTABLECE EL ESTATUTO CONSTITUCIONAL DE LOS BIENES NATURALES ESTRATÉGICOS” (Boletín N° 270-5) que propone, en su artículo 1º transitorio, la nacionalización de todas las empresas de explotación y exploración de minerales estratégicos, adquiriendo el Estado el dominio de todos los bienes de dichas empresas y de sus filiales relacionadas que tengan actividad en territorio chileno.
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Argumentos
Ivanna Olivares (Integrante de la Coordinadora Nacional y Popular), una de las proponentes, señala que la Resolución de 1962 de Naciones Unidas declara la soberanía permanente de Los Pueblos y Naciones sobre sus territorios y bienes naturales. Esta resolución requiere a los Estados miembros respetar el Derecho Soberano de las economías menos desarrolladas a disponer de sus bienes naturales sin trabas ni impedimento alguno. Considera que cualquier medida a este respecto debe basarse en el reconocimiento del derecho inalienable de todo Estado a disponer libremente de sus riquezas y bienes naturales en conformidad con sus intereses nacionales, y en el respeto a la independencia económica de los Estados
Asimismo, menciona que es necesario considerar la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución 41/128, del 4 de diciembre de 1986, que plantea el derecho de los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual tienen derecho a determinar libremente su condición política y a realizar su desarrollo económico, social y cultural.
Señala que de esto se desprende el concepto jurídico internacional, el cual considera que la Nacionalización es un medio destinado a confiar a la colectividad riquezas, actividades o empresas que se consideren estratégicas y que antes estaban a cargo de la iniciativa privada, con el fin de que ellas sean protegidas, utilizadas o ejercidas por y en beneficio de todos los Pueblos y no solo en el interés de ciertos particulares.
Según indica la proponente, la Nacionalización pasa a ser, por su naturaleza propia y como acto destinado a la adopción de medidas de la mayor importancia para la vida económica y social de un Pueblo, un “acto supremo de gobierno”, normalmente expresado en las Constituciones mismas de los países, que la acogen como un acto propio de Soberanía.
Para Olivares Chile es heredero de una antigua relación de dependencia y estructuración centro-periférica, que se desarrolla desde la época colonial. Las potencias centrales asignarían la misión de ser proveedores de bienes primarios básicos, basados en la explotación del trabajo. Como en antiguas épocas-indica- el grueso de los beneficios de estos procesos productivos enriquece las economías del norte global y las economías emergentes como Asia.
De esta manera, señala que la presente propuesta pretende recuperar la propiedad y el uso nacional de los bienes estratégicos como asunto medular. Menciona que el país que se entregue a las próximas generaciones dependerá de la nacionalización de los bienes comunes naturales y que sin el control público de estos bienes seguiremos condicionados y a merced de las grandes transnacionales, las cuales continuarán explotando sin límites, exportando nuestros recursos sin valor agregado hasta acabarlos, sin ninguna consideración socioambiental.
Reivindica los territorios que han sido expropiados de sus bienes comunes, además de ser convertidos en zonas de sacrificio ambiental, donde se emplazan relaves, se destruyen glaciares, se contaminan las aguas y sus tierras.
La convencional Carolina Sepúlveda (Independiente) anunció su postura en contra del artículo 4 y de los dos artículos transitorios, solicitando el voto de cada uno por separado. La convencional no se mostró de acuerdo con la nacionalización de la minería, pues cree que el problema de la minería se encuentra en la permisividad del Estado- específicamente en sus leyes que previenen la contaminación-, y en las precarias condiciones laborales de los trabajadores. Propone que deberían mejorarse las concesiones, sus fiscalizaciones, la información entregada por las mineras y los contratos, más que nacionalizar el recurso natural. No obstante lo anterior, en el resto de la norma votó a favor.
La convencional Isabel Godoy (Pueblo Colla) señaló, en primer lugar, que no existiría una expropiación, pues habría una nacionalización del cobre, por tanto, no puede expropiarse lo que le pertenece al Estado. En segundo lugar, afirmó que esto no afectará a los pequeños mineros ni a los pirquineros (al contrario, buscarán promoverlo). La convencional aprobó la norma, con la aclaración respecto del artículo sobre pueblos originarios, en específico donde dice “previo, libre e informado” pues ello correspondería a la consulta indígena, debiendo ser más específico. También acotó que no se habla de la exploración.
El constituyente Nicolás Núñez (Federación Regionalista Verde Social) empezó su exposición aclarando que ni en Chile ni en la experiencia extranjera existe la “revisión judicial de los contratos”, lo cual significa que, si un contrato con el tiempo devino para una de las partes en un contrato excesivamente oneroso, no podrá un juez revisarlo. Asimismo, recalcó que nos encontramos en un momento en el cual esos contratos deben ser revisados, pues “los contratos con nuestros recursos naturales se han vuelto onerosos para Chile de cumplir con el tiempo”. Votó a favor de la norma completa.
El convencional Rodrigo Álvarez Zenteno (Vamos por Chile, UDI) votó en contra. Señala que la norma tiene errores jurídicos, ya que confundiría criterios de nacionalización y expropiación, cuando todos los minerales son de Chile. De esta forma, lo que haría la norma es nacionalizar las empresas, confundiendo titularidades y bases del derecho de propiedad. También tendría errores económicos, respecto de la recaudación tributaria, capacidad de inversión del Estado, actitud diferente al extractivismo, control de mercados internacionales; y, errores en las consecuencias internacionales que tiene para Chile. Menciona, por ejemplo, que la propuesta de que el Contralor fije el valor deja un flanco abierto a la responsabilidad del Estado de Chile ante los Tratados Internacionales.
La constituyente Bessy Gallardo (independiente) votó a favor de la norma. Hizo referencia a una sentencia del Tribunal Constitucional la cual dispone que “Los tratados válidamente ratificados y promulgados permanecen en el derecho interno en cuanto sean aplicables a su contenido y no sea opongan a los preceptos de esta Constitución”, por lo cual deberían privilegiarse los Tratados Internacionales acerca de DDHH, por sobre aquellos de libre mercado, ya que son materia de ley. Respecto a la discusión sobre el Contralor, propuso que los conflictos se deriven a Tribunales Nacionales.
Replicando a lo anterior, la constituyente Carolina Sepúlveda (independiente) afirmó que deben mejorar los controles. Recalcó la idea de un desarrollo productivo, el cual no importa si es privado o público, pues puede traer problemas para el desarrollo de Chile. Asimismo, afirmó que se debe buscar la mejor forma para que esto no traiga problemas para el desarrollo del país.
La convencional Carolina Vilches (independiente) votó a favor. En sus argumentos, entregó cifras sobre el aumento de la producción desde los años 90, el que, sin embargo, ha disminuido el aporte del cobre al presupuesto nacional. Por otro lado, menciona que ha disminuido la participación estatal, la cual es fundamental para el presupuesto nacional.
El constituyente Pablo Toloza (Indp. + Udi) anunció su voto en contra, indicando que “nacionalizar” y expropiar sería lo mismo, debido a que así lo evidenciaría la experiencia chilena en la dictación y ejecución de la Ley N° 17.450 en el año 1971, que devino en una serie de juicios en tribunales internacionales en contra del Estado de Chile, en los que la indemnización fijada por el Contralor General de la República fue declarada como insuficiente. Señaló que este proceso significó un embargo del Estado, el cual debió renegociar la deuda con los privados. Asimismo, afirmó que el hecho de establecer en una cláusula que la jurisdicción para la resolución de controversias radique en los tribunales chilenos no obsta a que el afectado pueda recurrir a los tribunales internacionales; los cuales al final “nos terminarán condenando”. De igual forma, indicó que existiría una “distorsión” en el tema, pues “mal se puede nacionalizar algo que es nuestro” y lo que se intentaría nacionalizar son las empresas, lo que no significa un cambio en el modelo. Concluyó señalando que es una norma que va en contra del desarrollo del país, y que terminará en su quiebra.
La constituyente y coordinadora Camila Zárate (Pueblo Constituyente), señaló que, desde su rol como representante de movimientos ecologista, se debe observar el paradigma internacional, en el cual la propiedad estatal o estatal-mixta de la minería no ha significado un mejor desempeño social de las empresas extractivas. Indicó que las empresas estatales tienen mayor legitimación política y cultural, volviéndose más difícil de acusar y denunciar por la ciudadanía. También señaló que la nacionalización de la minería implica un crecimiento en la intensidad de la persecución de defensores ambientales, en tanto la empresa estatal puede lograr auspicios desde diferentes sectores políticos e incluso desde el poder judicial. De esta forma, afirmó que “podríamos crear un monstruo”. Sin embargo, consideró que, a pesar de sus prevenciones, sería una norma favorable siempre y cuando exista un control nacional real, y haya una voluntad política en dicho sentido.
El convencional Bernardo Fontaine (Ind. Rn-Evópol) señaló que Chile necesita más justicia, pero expropiar las empresas mineras significaría hundir esa posibilidad de más justicia. También afirmó que el Estado chileno nunca ha tenido los recursos suficientes para explotar la minería, y que, si lo hiciera, se extrañarían esos recursos en otras áreas. De igual forma, señaló que una expropiación sería injustificada y solo procedente ante una necesidad fundamental de bien común; y advirtió que la norma no distingue a la gran minería de la mediana y pequeña minería, y que se requeriría “aquilatar” dicha arista. Concluyó señalando que, en caso de tener que indemnizar a las empresas mineras dichas compensaciones, estas ya estarían fijadas por tratados internacionales, de forma tal que esta iniciativa significaría un “gran negocio para las compañías mineras”.
El convencional Fernando Salinas (Pueblo Constituyente), manifestó estar de acuerdo con la norma en general. Sin embargo, consideró que esta tiene un déficit en relación al daño realizado por la minería, el cual se busca reparar. Por otra parte, afirmó que tampoco queda claro de qué forma se puede evitar que el Estado cometa los mismos errores que las corporaciones.
Finalmente, la constituyente Constanza San Juan (Independiente) indicó que no es parte del mandato que se les entregó el nacionalizar la gran minería. Sin embargo, manifiesta su voluntad en modificar la matriz productiva del país. También señaló su preocupación en relación a la norma, toda vez que esta no considera ningún trato diferenciado para la pequeña minería, además que no da garantías del fin a la dependencia monoproductiva. En su opinión, se podría explotar menos los recursos minerales y ganar lo mismo que entra a las arcas fiscales.
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Actores
Constituyentes a favor de la norma (en general):
- Jorge Abarca Riveros
- Victorino Antilef Ñanco
- María Trinidad Castillo Boilet
- Bessy Gallardo Prado
- Félix Galleguillos Aymani
- Isabel Godoy Monardez
- Juan José Martin Bravo
- Nicolás Núñez Gangas
- Ivanna Olivares Miranda
- Constanza San Juan Standen
- Carolina Sepúlveda Sepúlveda
- Carolina Vilches Fuenzalida
- Camila Zárate Zárate
Constituyentes contrarios a la norma (en general):
- Gloria Alvarado Jorquera
- Rodrigo Alvarez Zenteno
- Bernardo Fontaine Talavera
- Fernando Salinas Manfredini
- Pablo Toloza Fernández
- Roberto Vega Campusano
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Proyección
Con fecha 1 de febrero de 2022, la Comisión de Medio Ambiente aprobó en general la iniciativa convencional constituyente en cuestión. De esta manera, la propuesta de norma continuará su tramitación en particular en la Comisión, instancia en la cual se le podrá formular indicaciones, las que luego serán puestas en votación por la misma Comisión.
De ser aprobada en particular la propuesta de norma, esta pasará al Pleno de la Convención Constitucional, donde deberá ser votada en general y en particular por los 2/3 de los Convencionales Constituyentes para su aprobación. En caso de que la norma no alcance los 2/3 pero superé la mayoría simple de los Convencionales Constituyentes, volverá a la Comisión respectiva para ser discutida en particular y ser presentada nuevamente al Pleno de la Convención.
Considerando toda la tramitación pendiente y el rechazo que provocó esta iniciativa en la opinión pública, es probable que en su discusión en el Pleno de la Convención no logre la cantidad de votos requeridos para ser aprobada, en cuyo caso deberá volver a la comisión para recibir indicaciones y posibles modificaciones.
Detalle de la votación en comisión
Votos a favor Votos en contra Abstenciones Resultado General 13 6 0 Aprobada Artículo 2° 7 12 0 Rechazado Artículo 3° 10 8 1 Aprobado Artículo 4° 11 6 2 Aprobado Artículo 6° 9 6 3 Rechazado Artículo 7° 10 6 3 Aprobado Artículo 9° 7 11 1 Rechazado Art. 1° transitorio 11 8 0 Aprobado Art. 2° transitorio 11 7 1 Rechazado