Borrador Constitucional: Reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados
Comisión: Derechos Fundamentales.
Minuta elaborada por: Nieves Alcaíno, Espacio Público.
Experta consultada: Mariela Infante, Directora Corporación Humanas.
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¿Qué se aprobó?
“El Estado reconoce que los trabajos domésticos y de cuidados son trabajos socialmente necesarios e indispensables para la sostenibilidad de la vida y el desarrollo de la sociedad, que son una actividad económica que contribuye a las cuentas nacionales y que deben ser considerados en la formulación y ejecución de las políticas públicas”
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¿Qué implica?
El artículo reconoce la importancia del trabajo doméstico y de cuidados para la sostenibilidad de la vida y el desarrollo de la sociedad.
Esto implica un cambio de en la forma de pensar las políticas públicas, pues valora el trabajo gratuito que realizan, en un modelo tradicional, de manera casi exclusiva las mujeres, lo que pavimenta un nuevo camino de organización y convivencia social: “Los cuidados son la base y fundamento de la reproducción social, son imprescindibles para la sostenibilidad de vida humana y la sociedad los asumirá de manera colectiva”.
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¿Cuál es la diferencia con la Constitución actual?
El derecho al cuidado no se encuentra reconocido en la Constitución actual.