Borrador Constitucional: Educación sexual integral
Comisión: Derechos Fundamentales
Votación particular:
- A favor: 106
- En contra: 39
- Abstenciones: 8
Minuta elaborada por: Nieves Alcaíno, Espacio Público
Experta consultada: Andrea Von Hoveling – Ginecóloga especialista en ginecología pediátrica y adolescente.
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¿Qué se aprobó?
“Todas las personas tienen derecho a recibir una Educación Sexual Integral, que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad; la responsabilidad sexo-afectiva; la autonomía, el autocuidado y el consentimiento; el reconocimiento de las diversas identidades y expresiones del género y la sexualidad; que erradique los estereotipos de género y prevenga la violencia de género y sexual”
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¿Qué implica?
El artículo establece la educación sexual como un derecho para todas las personas con el fin de prevenir la violencia sexual y de género.
Según Andrea Von Hoveling, ginecóloga especialista en ginecología pediátrica y adolescente, el rango constitucional de esta norma permitiría legislar sobre cuestiones más amplias de la sexualidad como, por ejemplo, la dignidad en la menstruación.
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¿Cuál es la diferencia con la constitución actual?
La actual constitución no menciona la educación sexual integral ni tampoco los derechos sexuales y reproductivos.
Sobre educación sexual, existe la Ley 20.418 que busca enseñar en la educación media sobre la anticoncepción y las enfermedades de transmisión sexual. Según la experta consultada, es una ley insuficiente, ya que la sexualidad implica mucho más que la prevención de las consecuencias no deseadas de la actividad sexual en adolescentes.