Próximas Actividades
17:00
Etapas Proceso Constituyente
Sábado
Último plazo cambio de domicilio electoral
ver másLunes
Publicación Padrones electorales
ver másServicio Electoral determina y publica en su sitio web los Padrones Electorales con carácter de auditados y las nóminas de electores inhabilitados para sufragar. Art. 33, Ley N° 18.556.
Servicio Electoral determina Locales de Votación para el extranjero. Art. 207, inciso 1°, Ley N° 18.700.
Martes
Comienza el plazo para reclamaciones al Padrón Electoral auditado
ver másComienza el plazo de diez días para reclamaciones al Padrón Electoral auditado, ante el Tribunal Electoral Regional que corresponde al domicilio electoral de la persona, y en el extranjero ante un consulado chileno. Arts. 48 y 49, Ley N° 18.556.
Martes
Publicación lugares autorizados para propaganda
ver másMiércoles
Fecha inicio propaganda electoral (prensa y radio)
ver másSe inicia período de propaganda electoral:
1. Por medio de prensa y radio emisoras. Art. 31 inciso 6 °, Ley N° 18.700.
2. Por activistas o brigadistas en la vía pública, mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la o las opciones del plebiscito o la entrega de material impreso u otro tipo de objetos informativos. Art. 35 incisos 5° y 9°, Ley N° 18.700.
3. En los lugares calificados como plazas, parques u otros lugares públicos autorizados. Arts. 31 y 35, Ley N° 18.700.
4. En espacios privados, mediante carteles, afiches o letreros, con autorización del propietario, poseedor o mero tenedor del inmueble, cuyas dimensiones no superen los 6 metros cuadrados totales, Art. 36, Ley N° 18.700. El Servicio Electoral determina y publica en su sitio web, los Padrones Electorales con carácter de definitivo y las Nóminas Definitivas de Electores Inhabilitados para sufragar. Art. 34, Ley N° 18.556. Servicio Electoral determina Mesas Receptoras de Sufragios. Art. 37, Ley N° 18.556.
Viernes
Comienza propaganda en televisión
ver másSábado
Se publican nóminas de vocales y delegados
ver másEl Secretario de cada Junta Electoral publica en un diario o periódico las nóminas de vocales designados para cada Mesa Receptora de Sufragios, los miembros de Colegios Escrutadores, Locales de Votación, Delegados y recintos en que funcionarán los Colegios Escrutadores. Asimismo, comunica por carta certificada a cada uno de los vocales y miembros de Colegios Escrutadores, de su nombramiento, indicando las fechas, horas y lugar de constitución y funcionamiento de la Mesa o Colegio Escrutador y los nombres de los demás vocales y miembros de Colegios Escrutadores. Arts. 48, 58, 87 y 88, Ley N° 18.700. Servicio Electoral publica en su sitio web las nóminas de vocales designados, locales de votación y Delegados de ésos, que funcionarán en el extranjero. Arts. 206 y 207 Ley N° 18.700.
Lunes
Comienza el plazo para presentar excusas vocales
ver másComienza el plazo para presentar excusas y solicitar exclusiones ante Juntas Electorales para desempeño del cargo de vocal de Mesa y de miembro de Colegio Escrutador. Arts. 49 y 91, Ley N° 18.700.
A las 9:00 horas se reúnen Juntas Electorales para conocer excusas y exclusiones. Art. 50, Ley N° 18.700.
Vence plazo para que el Servicio Electoral ponga a disposición de los consulados respectivos, a través de la Dirección General de Asuntos Consulares, los útiles destinados a cada una de las Mesas Receptoras de Sufragios. Los consulados custodiarán y trasladarán tales útiles. Art. 209, Ley N° 18.700.
Miércoles
Vence plazo para presentar excusas vocales
ver másSábado
Se publican nóminas de vocales reemplazantes
ver másSecretarios de Juntas Electorales publican nóminas de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores. Art 51, incisos 1° y 2°, Ley N° 18.700.
Servicio Electoral publica en su sitio web, las nóminas de vocales reemplazantes que se desempeñarán en las mesas receptoras de sufragios en el extranjero. Art. 206, Ley N° 18.700.
Jueves
Fin periodo de propaganda electoral
ver másDomingo
Plebiscito de entrada
ver másPLEBISCITO NACIONAL. Art. 130 Constitución Política y decreto supremo exento N° 388 de 29 de marzo de 2020.
En Chile, las Oficinas Electorales funcionan desde las 07:00 horas. Art. 60, inciso 1° y 4°, Ley N° 18.700. Los vocales se reúnen en los locales respectivos a las 08:00 horas de la mañana y comienza el funcionamiento de las Mesas Receptoras de Sufragios. Las mesas cierran a las 18:00 siempre que a dicha hora no haya nadie esperando a poder sufragar Arts. 63, 64 y 65, Ley N° 18.700.
Habrá dos votos
(1) ¿Quiere ud. una nueva Constitución?
Con las opciones:
— Apruebo
— Rechazo
(2) ¿Qué tipo de órgano debiera redactar la nueva
Constitución? Con las opciones:
— Convención mixta Constitucional. Integrada en partes
iguales por miembros elegidos popularmente y
parlamentarios o parlamentarias en ejercicio.
— Convención constitucional. Integrada exclusivamente por
miembros elegidos popularmente
Viernes